martes, 3 de noviembre de 2009

Libertad de expresión, derechos humanos, pueblos indígenas

Está actualmente desarrollándose un serio debate a escala latinoamericana sobre la libertad de expresión en relación al resto de los derechos humanos. Ante la agresividad creciente de grupos mediáticos alegando la libertad de expresión como patente de corso para políticas de desinformación y manipulación en beneficio de intereses extremamente minoritarios, hay Estados que están reaccionando en defensa de valores no excluyentes, así como sectores sociales, entre los que figuran las organizaciones indígenas, que demandan una revisión de la doctrina y la práctica de dicha libertad, la de expresión, a escala internacional. Resulta de sumo interés que el actual Relator Especial de Naciones Unidas sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, el guatemalteco Frank La Rue, se haga eco de esta problemática en sus manifestaciones oficiales.

El mandato del Consejo de Derechos Humanos al referido Relator Especial (así en adelante) parece tomar la libertad de expresión como principio irrestricto a ser promocionado y protegido en cuanto que “uno de los fundamentos esenciales de una sociedad democrática”, pero no de forma completamente absoluta, sino con una cautela claramente marcada por más de un instrumento de derechos humanos, esto es en:

“casos en que el abuso del derecho a la libertad de expresión constituya un acto de discriminación racial o religiosa, teniendo en cuenta el párrafo 3 del artículo 19 y el artículo 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Observación general Nº 15 del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, que establece que la prohibición de la difusión de todas las ideas basadas en la superioridad o el odio racial es compatible con el derecho a la libertad de opinión y de expresión”.