miércoles, 27 de noviembre de 2013

Guatemala: Comunicado de movimiento Radios Comunitarios

El Movimiento de Radios Comunitarias de Guatemala, somos un movimiento articulado de medios de comunicación de los pueblos indígenas, que desde hace 16 años venimos proponiendo alternativas de solución para que se reconozca dentro del marco legal del país, el derecho de los pueblos indígenas y otros sectores excluidos a contar con sus propios medios y formas de comunicación. Al pueblo de Guatemala y a la opinión pública nacional e internacional, hacemos saber que:
1.   Las radios comunitarias son iniciativas promovidas por sectores organizados de los pueblos indígenas, a la vez son medios de comunicación que contribuyen a la promoción, el rescate y fortalecimiento de los valores culturales de los pueblos indígenas y otros sectores marginados de Guatemala; también propician la convivencia pacífica, la tolerancia, el diálogo, la no discriminación y la participación activa y efectiva de las mujeres, objetivos reconocidos también por la misma Cámara de radiodifusión de Guatemala.
2.   Las comunidades y pueblos indígenas, haciendo valer el derecho a la libertad de expresión, vienen haciendo uso de frecuencias radioeléctricas que son un patrimonio de la humanidad y un bien común del pueblo guatemalteco, mal administrado por las políticas discriminatorias de este Estado.
3.   Las radios comunitarias son proyectos comunicacionales legitimados por los pueblos indígenas y reconocidos por convenios y tratados internacionales, firmados, aceptados y ratificados por el estado guatemalteco, en el marco del artículo 46 constitucional.

Por lo tanto EXIGIMOS:
Al Congreso de la República, aprobar de urgencia Nacional, la iniciativa 4087, Ley de Medios de Comunicación Comunitaria, que ya cuenta con dictamen favorable de la Comisión de Pueblos Indígenas del Congreso; atendiendo el exhorto que emitiera la corte de constitucionalidad en su resolución número 4238-2011, y las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH, de la organización de los Estados Americanos, OEA. Al Ministerio Público suspender la persecución, allanamiento y decomiso de equipo de las Radios Comunitarias, mientras se aprueba la Ley de Medios de Comunicación Comunitaria. A la Comisión Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos, COPREDEH y a la Procuraduría de los Derechos Humanos, pronunciarse en contra de la campaña mediática de la Cámara de Radio Difusión de Guatemala, en donde se difama y calumnia a los hombres y mujeres que operan Radios Comunitarias.
A la cámara de radio difusión de Guatemala, suspender inmediatamente la campaña de difamación en contra de Las Radios Comunitarias, la cual no es ética de una entidad de comunicación, porque lo único que demuestra es discriminación y racismos en contra de nuestros pueblos, violentando el derecho humano a la libertad de expresión que está garantizado en la Constitución Política de la República de Guatemala. ALERTAMOS: A la sociedad en general no dejarse engañar por los mensajes que des acredita la labor que vienen desempeñando las Radios Comunitarias en pro del fortalecimiento de la Democracia, la participación y defensa de los derechos de los pueblos.
POR EL DERECHO DE LOS PUEBLOS A SUS PROPIOS MEDIOS Y FORMAS DE COMUNICACIÓN MOVIMIENTO DE RADIOS COMUNITARIAS DE GUATEMALA

Fuente: Radio ixchell


Colombia: Rechazamos la Censura al ejercicio de la Comunicación Comunitaria


Desde el Tejido de Comunicación rechazamos todo ataque, señalamiento y persecución a los comunicadores comunitarios y a los procesos y colectivos de comunicación a los cuales pertenecemos, que no tienen dueño sino que son de toda la comunidad. Es el caso del cobarde ataque que sufrió el compañero comunicador peruano Jorge Agurto, en el marco de la V Cumbre de Pueblos Indígenas del Abya Yala.
El 13 de noviembre de 2013, Agurto fue agredido físicamente por un puntapié propinado por Miguel Palacín, expresidente de la CAOI (Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas) y actual presidente de la CONACAMI (Confederación Nacional de Comunidades afectadas por la Minería) del Perú; con la intención de no permitir que participe como ponente en los temas de comunicación.  Agurto no respondió a la agresión pero hizo la denuncia ante los participantes de las mesas de comunicación. Allí mostró la herida en su pierna y reveló que esta no es la única arremetida que ha tenido que enfrentar, a este ataque lo anteceden muchos sucesos señalamientos y persecuciones contra él y contra Servindi, el medio comunitario y alternativo del que hace parte.
En ese mismo espacio intervino Miguel Palacín y Janios Gora, partidario de Palacín, quienes intentaron desmentir las declaraciones de Agurto afirmando que Servindi  ha emprendido una campaña calumniosa en contra de Miguel Palacín y Conacami, entre otras aseveraciones osaron en afirmar que el comunicador no es indígena para justificar su exigencia de retirar a Agurto como ponente porque según ellos no tienen el aval de Conacami para hacerlo.  Los participantes de la mesa hicieron caso omiso a las palabras de los voceros de Conacami y al día siguiente la ponencia de Agurto se efectuó sin problemas.
 Este es un hecho grave que no podemos dejar pasar desapercibido no sólo por la humillación que significa en sí esta agresión, sino porque como comunicadores comunitarios exigimos respeto a esta labor comunitaria que se hace en condiciones precarias pero con total compromiso de la mano de las comunidades de base quienes son la verdadera autoridad que legitima y avala nuestro trabajo.  Compañeros y compañeras que hacen parte de los diferentes espacios de los pueblos indígenas del Abya Yala: Varios comunicadores comunitarios y colectivos hemos sido objeto de censura como lo fue Agurto. Por eso les decimos que no basta con que exijamos respeto a nuestros procesos de comunicación frente al gobierno, es necesario que lo exijamos también frente a los representantes de las organizaciones indígenas. De no ser así repetiríamos los estereotipos de los medios oficiales que defienden intereses corporativos e institucionales y folclorizan nuestras comunidades.
 Igualmente queremos llamar la atención sobre la aseveración de que ‘la comunicación indígena la deben hacer sólo los indígenas’ esto es algo que se reiteró en diferentes espacios y que nos preocupa sumamente ya que pareciera que se está confundiendo la autonomía con el indigenismo. Es muy delicado que en estos espacios donde nos esforzamos por seguir construyendo nuestros procesos organizativos y de comunicación, surjan estas afirmaciones intolerantes y racistas. Recordemos que los esfuerzos de cada proceso indígena a lo largo del Abya Yala por encontrarnos en espacios como esta cumbre son para fortalecer nuestros lazos de unidad no solo entre sino desde los pueblos indígenas. Corremos el riesgo de que la vanidad y la confusión nos lleven a caer en el juego del sistema, de no necesitar intervenir directamente para dividirnos y que destruyamos por nuestras propias manos lo que los mayores y nuestros ancestros han construido con gran esfuerzo.

 Guiados por la comunidad, nuestro trabajo de comunicación está para acompañar las acciones de resistencia y autonomía de la gente, de darle la voz a las personas que caminan sus territorios para defender la vida, no para promocionar héroes, títulos o siglas porque la fuerza de nuestra lucha es la gente, no las instituciones.

Referencias:

Fuente: Tejido de Comunicación ACIN

lunes, 25 de noviembre de 2013

XEPET, Cumple 31 años de comunicar a los Mayas


Peto, Yucatán, 22 de Noviembre de noviembre de 2013. Como es tradicional, la radio  XEPET “La Voz de los Mayas” – en idioma maya “U chíikul u t’aan maayao’ob” tal como se conoce a este medio masivo de comunicación en la región-,  en estos días invita a la gente a que participe en sus actividades de aniversario.
Víctor Canto Ramírez, director de la radio – que pertenece al Sistema de Radiodifusoras Culturales Indigenistas de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas- informó que el próximo viernes 29 de noviembre, “La Voz de los Mayas” cumple 31 años de estar al aire.
En sus emisiones diarias la palabra (t’aan) que utiliza esta radio indígena, tiene un significado especial para las comunidades mayas que se encuentran ubicadas en el centro del territorio peninsular, y por otro, sus diversos servicios son gratuitos y comunica a la gente en su lengua.
Ahora que este medio de comunicación esta por conmemorar sus 31 años de servicio comunitario, vale la pena recordar su labor, durante la temporada ciclónica, incendios y sequías; además que la gente recurre a la radio para dar a conocer sus noticias y avisos usando su propia lengua, así como felicitar a sus seres queridos en momentos especiales, enviando sus cartas, correos electrónicos y llamadas telefónicas.
XEPET tiene como área de cobertura en la península de 100 kilómetros a la redonda, atiende a una población cerca del medio millón de mayahablantes, cubriendo 32 municipios y 1,000 comunidades de los estados de Yucatán, Campeche y Quintana Roo. Sin embargo, la radio ha ampliado su cobertura, debido al internet, porque con esta tecnología, hace posible que hoy en día los emigrantes que viven y trabajan en los Estados Unidos se comuniquen por esta vía con sus familiares.
El hecho de la radio transmita por vía internet: http//ecos.cdi.gob.mx/xepet.html, ha propiciado que otros mayahablantes que trabajan en diversos estados de la República Mexicana y en diversas partes del mundo, lo sintonicen, incluso el hecho de escuchar su lengua materna, su música como la jarana y los diversos programas de contenido, los ha inspirado a escribirle, tal como recientemente compartió José R. Uc Uicab, uno de sus radioescuchas que tiene más de 20 años de estar residiendo cerca de la capital mexicana nos comparte su sentir:
“… Pero se entristece, cuando de repente
De las voces de oro  y cristal
Se percata: de que nadie habla MAYA.
Como lo hacía él
con tanta fluidez
A la misma edad, de sus hijos.
Recuerdo de los ayeres
Hoy en cambio debe recordar
Que el español
Por ser oficial
Y la música del regué
Están sustituyendo
Al MAYA TA`AN
De las nuevas generaciones.
 Se esfuerza por darse
Una explicación del suceso,
Más pero antes de encontrar entendimiento
Y en esa actitud soñadora
 Se percata de la pérdida de los sentidos.

Entonces, a partir de las 7 de la noche de este sábado 23 de noviembre, XEPET transmitirá, el golpe de los timbales, la trompeta y clarinete, y quienes son nativos de la península de Yucatán en segundos nos identificamos con esta música, y en esta ocasión en el marco del aniversario número de 31 de radio.
En esta ocasión, la radio prepara una gama de actividades culturales; iniciando este viernes 22 de noviembre con la ceremonia U K’ahbesahil X-Ya’axche (conmemoración del ceibo sagrado); sábado 23, con la vaquería tradicional; lunes 25 de noviembre, con la conferencia, La lengua maya, avances y perspectivas; martes 26, encuentro de radiodifusoras de los albergues de la CDI;  miércoles 27, proyección del video documental del centro indígena de la CDI; jueves 28, la segunda ronda de conferencias con el tema “Efectos del cambio climático en la milpa maya”, y concluye el viernes 29 con el gran festival de la cultura maya que se realizará en el auditorio Jacinto Canek de la radiodifusora a partir de las 10 de la mañana.
En éste último día de festividades, darán cita a este magno evento,  artistas como Melina Sierra, María Luisa Góngora Pacheco con su nueva obra de teatro Jmen, artistas provenientes de diversas partes de la Península para homenajear a su radio.
De tal forma que en este 29 de noviembre, durante todo el día, la gente de las comunidades llegará a Peto para cantarle las mañanitas a su radio. Ahora con los adelantos tecnológicos, la magia de la tecnología, muchos yucatecos que viven en San Rafael, California en los Estados Unidos, enviaran sus mensajes de felicitación vía electrónica.
Momentos inolvidables para quienes tienen la oportunidad de asistir y encontrar a los amigos y que en esta aniversario será una buena oportunidad para coincidir; mientras que las personas que han visto nacer este medio de comunicación, comparten sus experiencias, de aquellos primeros días en que inició sus transmisiones:
 “ Cuando escuche por vez primera que en la radio se hablaba en maya, no le daba crédito” -decía uno de ellos-, “lo mismo me paso a mí, luego escuchar tan cerca a la jarana, y que los locutores hablen en maya…, luego la gente cantaba o platicaba cuentos o la historia de sus pueblos”, señalan.
-Escuchar los sábados al mediodía, el programa Xepetino y Xepetina. XKutza’, y la Xsequere’, son tan divertidos estos personajes de este programa, y ahora quien sabe donde están –recuerda uno de los abuelos en su plática-, pues me hacían reír y a la vez aprendía nuevas palabras en maya, indica otro.
Xepet, ha sido pionero en la formación de locutores en lengua maya, y muchos de ellos, actualmente se desempeñan en otras actividades, y que ocasiones continúan prestando sus servicios de forma voluntaria, como una forma de demostrar su afecto por su radio, de esta forma, la radio  le recuerda una vez más a los suyos, su lugar de origen y familia.

XEPET, medio masivo de comunicación que pertenece al Sistema de radiodifusoras Culturales Indigenistas de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), y fue en esta radio donde se escuchó por vez primera el idioma maya un 29 de noviembre de 1982, en la frecuencia de los 730 khz de AM y que transmite desde Peto, Yucatán, con 10,000 watts de potencia.

Por Bernardo Caamal Itzá
Fuente: Yucatán en Corto 

Cumple 22 años Radio Zongolica


Con la participación de decenas de jóvenes, docentes, artesanos y músicos así como autoridades de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y la directora de Radio Zongolica, Rosa Alba Tepole, se conmemoraron 22 años de transmisión de este medio de comunicación y que tiene cobertura en más de 14 municipios.
Rosa Alba Tepole Quiahua, indicó que fue don Arcadio Xolotle Otehua, “arpero tradicional, fue de los primeros músicos que estuvo en la radio hace 22 años”, dijo.
Destacó que “la voz de la Sierra de Zongolica”, integrante del sistema de radiodifusoras indigenistas, no solo es un modelo musical sino también fortalece la identidad de los pueblos indígenas.
Y que a través de la CDI, que se trata de fortalecer los valores de manera integral por lo que en este aniversario los temas se centraron en la juventud al ser el presente y el futuro de sus pueblos”, uno pone los obstáculos pues se puede llegar a donde se quiera tal como lo hace la radio”.
A los jóvenes del talebachillerato, del Instituto Tecnológico de Zongolica y de la Universidad Intercultural, don Esteban Campechano, quien estuvo presente como representante de la delegada del CDI, Isabel Pérez de los Santos, les dijo que  se deben de sentir orgullosos de la identidad en la juventud pues Zongolica es un pueblo original y no la copia de algún otro por lo que deben de defender su idioma además de aprender de otros, “nos estamos quedando con la tradición se está perdiendo su identidad y su origen y la lengua náhuatl no tiene porque morir”.
Pidió que en las escuelas se promueva más la cultura para evitar situaciones de discriminación y mostrar que se pueden conservar las tradiciones a pesar de la entrada de diferentes conceptos de identidad.
En el lugar, presentó a Fidel García Ontiveros como nuevo coordinador del Centro de Desarrollo Indigenista de Zongolica, mencionó que en el marco del aniversario y como voz de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas es necesario que la tarea de la radio continúe y perdure.
Por su parte, Genáro Temoxtle Hernández, integrante del Consejo Consultivo indicó que a través de la radio se ha mantenido y manifestado la cultura de los pueblos indígenas, con la transmisión no solo en Veracruz sino también en Puebla y en Oaxaca “la medicina tradicional, las artesanías y las manifestaciones que nos heredaron nuestros antepasados y que sin duda a través de este medio seguirán vivas por muchos años.

Por Gisela Hernández

Fuente: El Mundo de Orizaba

Dan voz al pueblo a través del cine

SAN LUIS BELTRÁN, OAX.- Laura Quiroz Ruiz es una joven indígena que nació en Chalcatongo de Hidalgo, uno de los tantos pueblos que conforman la Mixteca alta, ubicado a unos 243 kilómetros de la ciudad capital. Salió de su pueblo para estudiar Diseño Gráfico en la Universidad Tecnológica de la Mixteca (UTM), pero desde muy pequeña se interesó por la forma de vida de los pueblos que conforman esta región.
Laura trabaja con artesanas productoras de textiles de varias comunidades impulsando el rescate de la técnica tradicional, mujeres que a su consideración, han sido invisibilizadas socialmente junto con su trabajo. Esto despertó en ella la necesidad de buscar formas para dar a conocer parte del trabajo que hacen desde las comunidades, desde sus motivaciones personales hasta las dificultades que atraviesan para conseguir su material en un complicado contexto para los pueblos indígenas.
La joven mixteca vio en la producción audiovisual el pretexto idóneo para difundir y reproducir la forma de vida de los pueblos originarios y con ello darle valor agregado a su producción en beneficio de las mujeres artesanas.
VOLTEANDO HACIA EL CINE
Dagoberto Chávez Cruz es originario de San Bartolo Lachixova, Choapam, tiene 25 años y es ingeniero en Desarrollo Comunitario, pero su contacto con los pueblos indígenas de Oaxaca y su sensibilidad con las necesidades de estas poblaciones, aunado a un personal interés por la fotografía, le hicieron voltear hacia el cine, que a su consideración constituye un canal eficaz para transmitir sensaciones y emociones.
Ambos forman parte del reducido grupo de seleccionados que participan en el Taller de Cine Documental convocado por la  Secretaría de Asuntos Indígenas (SAI), la Secretaría de las Culturas y Artes de Oaxaca (Seculta), Ojo de Agua Comunicación y el Centro de Capacitación Cinematográfica, A.C. (CCC), a través del programa "El  CCC con patas".
CURSOS INTENSIVOS
Este proyecto ha permitido que desde el 2011, al menos 40 participantes de diferentes pueblos de Oaxaca sean beneficiados con la asesoría de docentes del Centro de Capacitación Cinematográfica, A.C.
Es así que 20 jóvenes de las regiones de la Costa, el Istmo de Tehuantepec, la Mixteca y Valles Centrales, entre otras, arrancaron esta semana formalmente los cursos a través de dos módulos intensivos; el módulo uno dura nueve días; el módulo dos durará 14 días --del miércoles 07 al jueves 22 de mayo del 2014--, en un horario de 8:00 a 20:00 horas en las instalaciones del  Centro de Apoyo al Movimiento Popular Oaxaqueño, A. C. (CAMPO).
Todos ellos tienen beca de traslado, alojamiento, alimentación y docencia.
En las instalaciones de esta institución, la veintena de jóvenes se desplaza con destreza, cargando cables, trasladando el  "boom" -micrófono ambiental--, moviendo laptops y pensando en el guión cinematográfico que rodarán con el equipo facilitado por el CCC para sus proyectos.
IMPORTANTE, VISIBILIZAR
"Sea vuestra cámara y micrófono los instrumentos que le den rostro y voz a aquellos que por ignorancia o conveniencia se les ha negado el sagrado derecho a manifestar sus propias ideas, tradiciones, usos y costumbres, sean los medios por los cuales de una buena vez rompamos el cerco mediático para escuchar a esas voces apagadas, a esos nombres prohibidos, a esos niños que no cantan", sentenció ayer el secretario municipal de esta agencia, Gamaliel Bautista Sánchez, al dar apertura a los trabajos del taller de cine documental realizado aquí desde el sábado pasado.
Por su parte, el titular de la SAI, Adelfo Regino Montes, sostuvo que el taller tiene como objetivo formar realizadores de los diversos pueblos de Oaxaca en la creación de video documental, como herramienta para el diálogo intercultural desde una perspectiva comunitaria, desarrollando en los participantes la capacidad de contar historias y expresar la realidad a partir de su propia visión.
Aseguró que el cine constituye una  herramienta que será de gran utilidad para poder visibilizar problemáticas sociales, sobre todo, las que tienen que ver con la defensa de los territorios indígenas y la reproducción de sus formas de vida.
Contando historias...
El director del Centro de Capacitación Cinematográfica, el cinefotógrafo Henner Hofmann, señaló que la inversión que se hizo para el primer módulo del taller de cine documental fue de alrededor de 270 mil pesos, mientras que el segundo módulo costará alrededor de 350 mil, una parte del financiamiento será facilitada por el gobierno estatal.
Entrevistado vía telefónica, Hofmann explicó que el Área de Extensión Académica coordina el Programa Imágenes en Movimiento (también conocido como "el CCC con Patas"), dedicado a impartir capacitación cinematográfica en el interior de la República Mexicana.
Este programa responde a una de las prioridades de este Centro por extender los recursos humanos y materiales de la escuela a entidades, con la finalidad de ayudar a la descentralización de la cultura y la educación. Estos cursos se realizan en colaboración mayoritariamente con los Institutos Estatales de Cultura y los Centros de las Artes de las diferentes entidades.
Expuso que esto responde a la necesidad de que desde las mismas comunidades, los jóvenes comiencen a contar historias "que permitan retratar la riqueza de las naciones indígenas, donde las clases les permitan documentar los hechos no sólo desde el lado de vista antropológico, sino desde una narrativa de corte cinematográfico".
El Centro de Capacitación Cinematográfica (CCC)
El Centro de Capacitación Cinematográfica, A.C. (CCC) se funda en 1975, con el objetivo de formar cineastas de alto nivel profesional en las áreas técnica y artística de la cinematografía. Es una escuela en la que inciden de manera multidireccional su actividad académica y su labor de producción, así como la de difusión cultural.

Cabe mencionar que entre los egresados más destacados del CCC se encuentran personajes de la talla del cinefotógrafo Rodrigo Prieto, (Amores Perros, Frida, Alexander, Brokeback Mountain) miembro de la ASC y de la AMC, nominado al Oscar, ganador de muchos premios internacionales como el Golden Osella del Festival de Venecia; Felipe Fernández del Paso, diseñador de arte y ganador de un Oscar por la película Frida; Gabriel Beristain, ganador del Oso de Berlín en 1986 por la cinefotografía de la película Caravaggio y miembro de la ASC, BSC; Carlos Carrera, nominado a un Oscar; Ignacio Ortiz, ganador de varios Arieles y director de la película Mezcal, y Francisco Vargas, director del largometraje El Violín.
Por: Huguet Cuevas Foto: Carlos Román Velasco 
Fuente: Noticias de Oaxaca 


El miércoles 27 de noviembre a las 18:30 horas se presentarán dos documentales: “Pueblos Indígenas Haciendo Comunicación: Abya Yala 2013″ y “Voces del Abya Yala” en la Universidad de la Comunicación, en México. El ingreso es libre.
La presentación es organizada por Siete Jaguar y el Colectivo Patlalli, en colaboración con Liberalia Colectivo Itinerante y la Universidad de la Comunicación. La cita es en Zacatecas 120, Colonia Roma.
El primer documental se refiere a la II Cumbre Continental de Comunicación Indígena del Abya Yala, realizada del 7 al 13 de octubre en Oaxaca, México. El citado evento trabajó sobre la base de seis ejes temáticos y suscribió una Declaración.
Cabe precisar que la II Cumbre fue evaluada de manera crítica durante la Mesa Continental de Comunicación Indígena que se realizó del 10 al 14 de noviembre en el marco de la V Cumbre Continental de los Pueblos Indígenas del Abya Yala, que se realizó en el Cauca Colombia.

La Comisión de Seguimiento asumió de manera colectiva los errores advertidos en la evaluación y adoptó el compromiso de adoptar medidas para evitar se vuelvan a reproducir en la III Cumbre que se efectuaría en Bolivia, de confirmarse la sede de este país en un evento en diciembre de 2013.
La Mesa Continental de Comunicación Indígena también suscribió una declaración con importantes aportes como reivindicar el derecho a la comunicación como un derecho humano fundamental y demandar a los Estados políticas públicas diferenciales de comunicación que aseguren el ejercicio de este derecho.

Fuente: SERVINDI


Amplio rechazo social recibe agresión a periodista de Servindi


Servindi, 25 de noviembre, 2013.- Organizaciones indígenas, agrarias y asociaciones de derechos humanos vinculadas a los pueblos indígenas expresaron su solidaridad con Jorge Agurto y Servindi, por la agresión sufrida por parte de Miguel Palacín Quispe, en la V Cumbre Continental de Pueblos Indígenas, que se realizó en el Cauca, Colombia.
Mediante un comunicado expresan su “enérgico rechazo a la agresión física e intimidación a la libertad de expresión y ejercicio del derecho a la información” y condenan “toda forma de violencia, venga de donde venga”.
Asimismo, repudian “cualquier intento de silenciar a un medio de información comprometido con los derechos humanos de las poblaciones indígenas”.
El comunicado es suscrito por el Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, la Red de Comunicadores Indígenas del Perú (REDCIP), la Alianza de Organizaciones Agrarias y organizaciones que integran el Pacto de Unidad de Organizaciones Indígenas.

Solidaridad pública
Al cierre del Foro Internacional de Mujeres Indígenas de Sudamérica realizado el viernes 22 por la noche en el Hotel Riviera, de Lima, Antolín Huáscar, presidente de la Confederación Nacional Agraria (CNA) expresó públicamente su solidaridad con el periodista agredido.
Huáscar, quién también es vocero del Pacto de Unidad de Organizaciones Indígenas, rechazó todo tipo de agresión y violencia hacia las organizaciones y entidades aliadas que contribuyen a la unidad y al fortalecimiento del movimiento indígena peruano.
Asimismo, saludó fraternalmente la labor informativa que realiza Servindi a favor de los pueblos y comunidades indígenas, hecho que conoce desde hace muchos años.
Del mismo modo lo hizo la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Peú (ONAMIAP) quién desagravió a Jorge Agurto y lo invitó -junto a Antolín Huáscar- a dar unas palabras de saludo al evento internacional, poco antes de su culminación.

Numerosas expresiones de solidaridad
Por otro lado, al correo de Servindi siguen llegando numerosos saludos nacionales e internacionales de respaldo y solidaridad frente a la agresión sufrida y los intentos de acallar a Servindi.
Tal es el caso de Saúl Puerta, miembro del consejo directivo nacional de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), Gil Inoach Shawit, ex directivo nacional de la AIDESEP; Alberto Chirif, Pedro García, entre otros destacados estudiosos y aliados del movimiento indígena.
Una mención destacada merece el artículo: “El “liderazgo” individual es fabricado por los opresores para aplastar la horizontalidad“, escrito por el reconocido dirigente histórico del campesinado indígena peruano y luchador social Hugo Blanco Galdós.
A nivel internacional han escrito mensajes de solidaridad Bartolomé Clavero (España), la Organización Nacional de Pueblos Indígenas de Argentina (ONPIA), el Colectivo de Trabajo Jenzera, Manuel Rozental y Vilma Almendra, de Colombia, entre otros.

Agresión no debe pasar desapercibida
El Tejido de Comunicación de la Asociación de Cabildos Indígenas del norte del Cauca (ACIN) rechazó la censura al ejercicio de la comunicación comunitaria mediante una agresión que calificó de “cobarde” y afirma que se trata de “un hecho grave que no podemos dejar pasar desapercibido”.
El Tejido de la ACIN exige respeto a una labor “que se hace en condiciones precarias pero con total compromiso de la mano de las comunidades de base, quienes son la verdadera autoridad que legitima y avala nuestro trabajo”.
Señala que varios comunicadores comunitarios y colectivos han sido objeto de censura por lo que es necesario exigir respeto a los procesos de comunicación frente al gobierno y “también frente a los representantes de las organizaciones indígenas”.

“De no ser así repetiríamos los estereotipos de los medios oficiales que defienden intereses corporativos e institucionales y folclorizan nuestras comunidades” culmina el comunicado del Tejido de la ACIN.

martes, 19 de noviembre de 2013

PROPUESTAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS A LOS MEDIOS DE COMUNICACION, QUE SE PONEN A CONSIDERACIÓN DEL CONGRESO FEDERAL, PARA SER INCLUIDAS EN LA NUEVA LEY DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 28 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

1.      Introducción

El Consejo Consultivo de Pueblos indígenas y Afromexicano del Estado de Oaxaca, el grupo de trabajo de comunicadores y comunicadoras comunitarios e indígenas del Estado de Oaxaca, representantes de diversos municipios, organizaciones civiles y especialistas en la materia, hemos seguido con atención el proceso de reforma Constitucional en materia de telecomunicaciones publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013.

Con particular entusiasmo, hemos podido constatar que se ha establecido la base fundamental para que los pueblos indígenas de nuestro país puedan adquirir, operar y administrar sus propios medios de comunicación, a través de las concesiones sociales que, conforme a dicha reforma, incluyen las concesiones comunitarias e indígenas. Reconocemos que esta disposición consolida y da viabilidad a este derecho fundamental de nuestros pueblos, reconocido desde el año 2001 en el artículo 2° Constitucional; asimismo, representa la oportunidad de dar cobertura a numerosas experiencias de comunicación comunitaria e indígena que hoy día son una realidad en nuestro país.

En efecto, en la última década, se han desarrollado una gran cantidad de procesos de comunicación comunitaria e indígena, impulsadas por autoridades municipales y comunales, comuneros, comuneras y organizaciones indígenas. Todas ellas, son experiencias que conciben y están mostrando que los medios de comunicación son una herramienta fundamental para fortalecer, potenciar y desarrollar los distintos aspectos de la cultura, la democracia y la justicia en las comunidades, regiones y en la sociedad en general; asimismo, se han constituido en un ventana fundamental para mostrar los valores e importancia de la vida comunitaria, así como conocer otras realidades, en el contexto de la libertad de expresión y el derecho a la información.

En 10 años, hemos desarrollado y acumulado  experiencias y conocimientos en materia de comunicación comunitaria e indígena, por esta razón, después de varias reuniones de análisis y reflexión en torno a la forma adecuada en que debe ser reglamentado este derecho fundamental de los pueblos, ponemos a consideración de esta Soberanía, elementos que solicitamos sean incluidos en la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.




2.      Fundamentos de la propuesta

Desde el año 2001, se estableció en el Apartado B, fracción VI del artículo 2° de la Constitución Federal, el derecho de los pueblos indígenas a adquirir, operar y administrar sus propios medios de comunicación; no obstante, no se han establecido las reformas necesarias para la implementación de este derecho; por ello, hasta hoy, las iniciativas de comunicación indígena están operando en un contexto de persecución, con sus propios recursos, en algunos casos con limitados apoyos de autoridades municipales o de la sociedad civil. De igual forma, no existen las bases ni las condiciones para que accedan al disfrute pleno de los avances científicos y tecnológicos. Por esta razon, requiere una regulación específica lo dispuesto por el artículo 2º apartado B, fracción VI, que establece:

Artículo 2o. La Nación Mexicana es única e indivisible.

B. La Federación, los Estados y los Municipios […] establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.
Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas autoridades tienen la obligación de:
VI. … Establecer condiciones para que los pueblos y las comunidades indígenas puedan adquirir, operar y administrar medios de comunicación, en los términos que las leyes de la materia determinen.”
De igual modo, lo establecido en el artículo 16 de la Declaración de la Naciones Unidas sobre derechos de los pueblos indígenas:

Artículo 16.-
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios idiomas y a acceder a todos los demás medios de información no indígenas sin discriminación.

2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que los medios de información públicos reflejen debidamente la diversidad cultural indígena. Los Estados, sin perjuicio de la obligación de asegurar plenamente la libertad de expresión, deberán alentar a los medios de información privados a reflejar debidamente la diversidad cultural indígena.”

Dado que, por primera vez en la historia de nuestro país se reglamentan las concesiones sociales de tipo comunitario e indígena y por consiguiente se desarrollan diversos preceptos constitucionales y de derecho internacional relacionados con éstas, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Constitución Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 11 de junio de 2013, mismos que expresamente disponen:

Artículo 28.-
Las concesiones podrán ser para uso comercial, público, privado y social que incluyen las comunitarias y las indígenas, las que se sujetarán, de acuerdo con sus fines, a los principios establecidos en los artículos 2º, 3º, 6º  y 7º de esta Constitución.”

El cambio de una parte del precepto anterior nos permite ahora ver y nombrar la existencia de una multitud de medios comunitarios e indígenas que, perseguidos y persistentes, durante décadas han participado en el desarrollo de sus municipios y regiones; y por fin pueden salir del limbo jurídico en el que se encontraban, que evidenciaba una falta total de correspondencia entre la ley y la realidad comunitaria e indígena. El reconocimiento jurídico de que estos medios existen, y la esperanza democrática que despierta, nos llevan a que sea desde estos mismos medios comunitarios e indígenas donde intentemos definir lo que legalmente somos y podemos hacer.

La concesión social de carácter comunitario e indígena es el servicio de radiodifusión y telecomunicación de interés público y social, identificado por la naturaleza de su territorio; las diversas formas de organización de sus actores, hombres y mujeres; la exposición de sus conocimientos y saberes; así como los eventos que manifiestan su existencia; el cual es prestado por pueblos y comunidades indígenas, organizaciones sociales con personalidad jurídica y sin fines de lucro, así como cualquier otra figura moral reconocida por la Ley y por la comunidad o pueblo indígena.
           
En nuestra perspectiva, la radiodifusión y telecomunicación comunitarias pertenecen a las organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro, constituidas por integrantes de colectivos en zonas rurales y urbanas, bajo los principios de participación ciudadana directa, convivencia social, reciprocidad, equidad, pluralidad, y respeto a los derechos humanos y a los modos de vida y razón de ser comunitarios. Sus métodos y fines son el diálogo y el aprendizaje compartido, y la realización plena de mujeres y hombres en sus comunidades, colonias y regiones.

Y la radiodifusión y telecomunicación indígenas pertenecen a los pueblos y comunidades indígenas del país y son adquiridas, administradas y operadas por dichos pueblos y comunidades o por las organizaciones que éstos determinan de conformidad con sus sistemas normativos internos, en consonancia con el Apartado B, fracción VI del artículo 2 de la Constitución Federal, bajo los principios de la comunalidad, complementariedad, interculturalidad, equidad y sostenibilidad; y cuyos fines son la promoción y desarrollo de las lenguas, conocimientos y los demás elementos que constituyen las culturas e identidades indígenas; el fortalecimiento de las formas de gobierno e instituciones políticas, jurídicas, económicas y sociales, entre otras, en el marco de la libre determinación y autonomía de las comunidades y pueblos indígenas; la protección y cuidado de sus tierras, territorios y recursos naturales; para el ejercicio e implementación de los derechos reconocidos a dichos pueblos por el artículo 2º Constitucional y los instrumentos internacionales, entre otros.
Considerando esta naturaleza de los medios comunitarios e indígenas de radiodifusión y telecomunicación, existentes en México; y la histórica negación de lo indígena y lo comunitario en lo que somos como Nación; estamos ante una invaluable oportunidad para hacer que las leyes correspondan a la realidad y sirvan a todas y todos los mexicanos del siglo XXI.

Esto es, se requiere cambiar la concepción que permanece intacta, a saber: que los medios comunitarios e indígenas son alguna especie de antagonistas, tanto de lo público como de los grandes concesionarios comerciales, como entidades disruptivas, o como competencia desleal. Los medios comunitarios e indígenas buscamos el progreso de las personas, comunidades y regiones, a partir del reconocimiento profundo de lo que somos como pueblos, el intercambio con los otros, y el respeto del pacto federal.

Las localidades en que operamos no han sido de interés para las grandes empresas de medios, y nuestra intención va en el fortalecimiento de las economías locales. En todo caso, creemos que más bien se debe entender a los medios comunitarios e indígenas como complementarios al sistema educativo formal y a los esquemas no formales de aprendizaje, para la creación colectiva en una lógica de nuevas redes.

El Estado debe crear las condiciones a través de la Ley reglamentaria de radiodifusión y telecomunicaciones, para que los medios comunitarios e indígenas, participen en condiciones de equidad con respecto a los medios comerciales y públicos; creando las bases comunes y diferenciadas a las distintas clases de concesiones, para resolver con imaginación y voluntad políticas las asimetrías existentes entre la mismas, propiciando un diálogo entre todos los sectores de la población, y cumpliendo las disposiciones nacionales e internacionales sobre pueblos indígenas, lo que haría de ella un acto histórico de justicia social.

El abandono total de la concepción anterior, implica pasar del empeño en construir una cultura e identidad homogénea nacional, al de un Estado pluralista, efectivamente multicultural, donde el acento se pone en la diversidad. Este hecho está sustentado en la existencia de múltiples pueblos indígenas en el contexto nacional y en localidades rurales donde se habla español solamente, pero mantiene la organización comunitaria; y a la par están surgiendo nuevas comunidades en los espacios urbanos. La distribución y dinámica del espectro radioeléctrico debe reflejar esta diversidad.

Para ello, estamos considerando el marco jurídico creado por el Artículo 2° Constitucional apartado B, fracción VI; el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo; la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; la Ley General de Derechos Lingüísticos de México; los Acuerdos de San Andrés; la Relatoría sobre la libertad de expresión; la Cumbre Mundial sobre la sociedad de la información (Plan de acción de Ginebra y compromisos de Tunes); la Sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación 60/2006; y las Recomendaciones de política pública para el desarrollo de las TIC’s en pueblos y comunidades indígenas de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, entre otros.

De lo anterior, el Párrafo Segundo del artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que la “Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.” Asimismo, obliga en su Apartado B, fracción VI, a la “Federación, los Estados y los Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria…” para que establezcan las instituciones y éstas determinen las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos, en particular para:

Extender la red de comunicaciones que permita la integración de las comunidades, mediante la construcción y ampliación de vías de comunicación y telecomunicación. Establecer condiciones para que los pueblos y las comunidades indígenas puedan adquirir, operar y administrar medios de comunicación, en los términos que las leyes de la materia determinen.”

De los tratados e instrumentos internacionales en que el Estado mexicano es parte, tenemos el Convenio No. 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que en su  artículo 30 establece que:

 1. Los gobiernos deberán adoptar medidas acordes a las tradiciones y culturas de los pueblos interesados, a fin de darles a conocer sus derechos y obligaciones, especialmente en lo que atañe al trabajo, a las posibilidades económicas, a las cuestiones de educación y salud, a los servicios sociales y a los derechos dimanantes del presente Convenio.
2. A tal fin, deberá recurrirse, si fuera necesario, a traducciones escritas y a la utilización de los medios de comunicación de masas en las lenguas de dichos pueblos.”

Por otro lado, la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, en su artículo 6° instituye que el Estado debe de adoptar e instrumentar las medidas necesarias para asegurar que los medios de comunicación masiva difundan  la realidad y la diversidad lingüística y cultural de la Nación Mexicana, además de destinar un porcentaje del tiempo  que dispone para la emisión de programas en las diversas lenguas nacionales habladas en sus áreas geográficas de cobertura, entre otros.

La acción de inconstitucionalidad 26/2006 en su Décimo Cuarto Concepto de Invalidez, establece que:

“…en términos de lo dispuesto por el artículo 2o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, existe un mandato expreso para que el legislador expida normas que promuevan la igualdad de oportunidades de los indígenas y establezcan las condiciones para que los pueblos y comunidades indígenas puedan adquirir, operar y administrar medios de comunicación. Sin embargo, las reformas realizadas por el Congreso de la Unión a la Ley Federal de Radio y Televisión excluyeron u omitieron regular el servicio de radiodifusión que debe ser prestado por los pueblos y comunidades citadas.

No obstante lo cual, en ninguno de los preceptos reformados se halla regulado lo relativo a la prestación del servicio de radiodifusión por parte de los pueblos y comunidades indígenas.

Igualmente, suponiendo que el régimen que deba corresponderles a las comunidades indígenas fuera el de concesión (explotación comercial), tampoco se hace referencia alguna a la manera en que deban participar para obtener una, resultando a todas luces inequitativo que se les aplicarán las mismas reglas que a los demás particulares que participen en una licitación por subasta.

Si, por otro lado, el régimen que les corresponde fuera el de permisionarios, tampoco la reforma a la ley se ocupa de regular la participación o inclusión de los pueblos indígenas en la materia, pues debe garantizarse su acceso en condiciones de igualdad con los demás solicitantes, esto es, eliminar situaciones de desigualdad manifiesta y procurar el cumplimiento exacto de la garantía de igualdad constitucional.”

Esto es así, como también lo establece la sentencia 64/2007 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN que conforme a los artículos 2o. y 4o. de la Ley Federal de Radio y Televisión, y 5o. de la Ley Federal de Telecomunicaciones, se expone que los servicios de radiodifusión, que comprende a la radio y televisión abiertas, al igual que los servicios de telecomunicaciones, entre otros, comprende a la radio y televisión cerrada o restringida, no constituyen un servicio público, sino actividades de interés público que el Estado debe proteger y vigilar para el debido cumplimiento de su función social, en términos del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En este sentido, el Estado mexicano en el marco de la libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas no debe soslayar el derecho al acceso a la radiodifusión y telecomunicaciones con pertinencia cultural y lingüística de dichos pueblos, toda vez que es un derecho colectivo reconocido constitucionalmente y que le da el carácter Nación pluricultural a nuestro país.

Por tal razón, proponemos integrar los siguientes elementos a la nueva Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en lo concerniente a los derechos a la comunicación de los pueblos indígenas:

PROPUESTA

I.                   De las concesiones en general

Para el otorgamiento y asignación de concesiones de radiodifusión y telecomunicación, la propuesta del solicitante deberá especificar el porcentaje de programación indígena que incorporará en sus transmisiones.

Se entenderá por programación indígena aquella que tenga como finalidad la promoción y desarrollo de las lenguas, conocimientos y los demás elementos que constituyen las culturas e identidades indígenas; el fortalecimiento de sus instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales; y, la implementación de sus derechos. Además, aquellas producidas por los pueblos y las comunidades indígenas de conformidad con lo establecido en la fracción VI, apartado A del artículo 2 de la Constitución Federal y 16 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, a través de sus autoridades, representantes o integrantes, organizaciones o en colaboración con éstas; de igual manera, las producidas por personas físicas o morales no indígenas que compartan sus aspiraciones y cumplan con los fines antes indicados.

II.                De las concesiones sociales

De la concesión social indígena

La concesión social indígena: Comprenderá el uso y aprovechamiento del espectro radioeléctrico, redes de telecomunicaciones o prestación de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, otorgadas a los pueblos y comunidades indígenas o a las organizaciones e instituciones que estos determinen conforme a sus sistemas normativos, en cuyo caso, el pueblo o comunidad de que se trate deberá tener intervención en su administración.

Dicha concesión, tendrá como finalidad la promoción y desarrollo de las lenguas, conocimientos y los demás elementos que constituyen las culturas e identidades indígenas; el fortalecimiento de las formas de gobierno e instituciones políticas, jurídicas, económicas y sociales, entre otras, en el marco de la libre determinación y autonomía de las comunidades y pueblos indígenas; la protección y cuidado de sus tierras, territorios y recursos naturales; para el ejercicio e implementación de los derechos reconocidos a dichos pueblos por el artículo 2º Constitucional y los instrumentos internacionales, entre otros.

Las concesiones sociales indígenas serán de dos tipos:

a.       Las ordinarias: Que serán únicas, de forma que los concesionarios puedan prestar todo tipo de servicios a través de sus redes y medios de comunicación y se otorgarán por un plazo de 15 años prorrogables.

b.      Las provisionales: Que se otorgarán por dos años a pueblos y comunidades indígenas u organizaciones que inicien un proceso de formación para el establecimiento de un medio de comunicación comunitaria, al final del cual podrán optar por solicitar la concesión ordinaria o dar por terminada la concesión provisional. Las organizaciones civiles,  instituciones educativas, instancias de gobierno y concesionarios sociales podrán solicitar esta modalidad para realizar actividades de apoyo a la formación, capacitación y asesoría a medios de comunicación indígenas.

Para el otorgamiento de las concesiones provisionales bastará acreditar la personalidad jurídica del solicitante, la comunidad o comunidades en que se iniciará el proceso de capacitación y asesoría, así como el área de cobertura.

Cuando se trate de una institución u organización dedicada a capacitación y asesoría, señalará el área geográfica en la que opera y una vez que se le haya otorgado la concesión dará aviso al Instituto del inicio de transmisiones en la localidad o localidades respectivas, demostrando que sus transmisiones no resultan interferencia  perjudicial.

III.              Administración del espectro

En la planeación del espectro, el Estado asegurará la disponibilidad de frecuencias para las concesiones sociales indígenas, tomando en cuenta su distribución territorial y poblacional.

Los pueblos y comunidades indígenas tendrán siempre un derecho preferente en la asignación de las frecuencias en sus territorios conforme a lo establecido en la fracción VI del apartado A del artículo 2º Constitucional.

En ningún caso, se establecerán límites expresos o implícitos a su cobertura, por lo que podrán abarcar toda una región siempre y cuando incorporen en su administración, organización o programación a las distintas comunidades indígenas que abarque su cobertura.

IV.              Otorgamiento

Para el otorgamiento de las concesiones sociales indígenas, se aplicarán en lo conducente los requisitos establecidos para las concesiones sociales comunitarias, observando las disposiciones de este apartado.

El otorgamiento de las concesiones sociales indígenas y frecuencias, se hará de manera directa y se considerarán sus condiciones particulares y especificidades culturales, económicas y sociales, a efecto de evitar el establecimiento de requisitos que dificulten o imposibiliten el ejercicio de sus derechos.

El Instituto prestará en cualquier momento la asesoría necesaria para que los solicitantes indígenas puedan cumplir con los requisitos establecidos para el otorgamiento de las concesiones sociales indígenas y comunitarias, tomando en cuenta sus características particulares, especificidades culturales, económicas y sociales, y sus sistemas normativos. En todos los casos, la capacidad técnica se acreditará tomando en cuenta la tecnología apropiada a sus contextos culturales, económicos y sociales.

El Instituto resolverá sobre el otorgamiento de la concesión en un lapso no mayor a 90 días naturales contados a partir de la presentación de la solicitud. De no hacerlo se entenderá que la concesión es otorgada, para lo cual el solicitante requerirá a la autoridad la emisión del título de concesión.

V.                De los recursos para su sostenimiento

El Estado asegurará fondos suficientes para que los pueblos y las comunidades indígenas puedan allegarse de capacidades, así como de recursos tecnológicos, económicos y de infraestructura, para lo cual establecerá un Programa Nacional de Fomento a Medios Indígenas, de conformidad con el artículo 2º constitucional apartado B Fracción VI y IX.  Dicho programa también establecerá partidas para la articulación de los medios indígenas a nivel nacional y regional, así como su vinculación con otras iniciativas de éstos pueblos. 

Las concesiones sociales indígenas serán sin fines de lucro, lo que se entenderá que no perseguirán la obtención, acumulación, distribución o inversión de ganancias en objetivos distintos a la finalidad de la concesión. Por lo anterior podrán realizar todas las actividades que les permitan contar con ingresos que garanticen su sostenibilidad conforme a este  criterio.

Cualquier límite en el tiempo o cantidad de publicidad debe ser razonable y no discriminatorio.

Los medios de radiodifusión y telecomunicación indígena están obligados a rendir cuentas de forma periódica a la comunidad y pueblo indígena al que representan o pertenezcan conforme a sus sistemas normativos y en las instancias que correspondan, entre otros, a través de sus asambleas generales, con la finalidad de transparentar el ejercicio de los recursos  obtenidos.

VI.             De las obligaciones de los medios de radiodifusión con relación a los pueblos indígenas

La radio y la televisión, tienen la función social de contribuir al fortalecimiento y el mejoramiento de las formas de convivencia humana. Al efecto, a través de sus transmisiones, procurarán que sus contenidos:

I.- Difundan información cuyos principios fundamentales sean: el respeto a los derechos humanos, la diversidad cultural, la interculturalidad, la inclusión, la equidad de género y la no discriminación.

II.- Difundir contenidos que reflejen las expresiones y formas de vida de los pueblos y las comunidades indígenas, su cultura, cosmovisión y aspiraciones, como expresión de la riqueza étnica cultural y diversidad del país.

III.- Se propague información y mensajes en las distintas lenguas indígenas del país con pertinencia y flexibilidad.

IV.- Evitar la divulgación de contenidos discriminatorios y sexistas que degraden la condición humana, en especial a las mujeres, a las niñas y niños, a personas con discapacidad y a los pueblos indígenas.

V.- Generar y promover programas informativos que se enfoquen a difundir problemáticas como la violencia contra las mujeres. Se pondrá especial énfasis en difundir el derecho a decidir de las mujeres.           

Los concesionarios de radiodifusión, incorporarán en sus transmisiones programación indígena cuando menos en un porcentaje equivalente a la población indígena de su área de cobertura.

Los concesionarios de radiodifusión, promoverán una imagen dignificante de los pueblos indígenas que contribuya a la defensa de sus derechos, el uso de su lengua y la revitalización de sus valores comunitarios, como expresión de su libre determinación y autonomía. 

El Gobierno Federal a través del Organismo para la Radiodifusión sin Fines de Lucro y  la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, las instancias pertinentes de los gobiernos estatales, de manera coordinada con las instituciones de los pueblos indígenas, diseñará un sistema de adquisición y catalogación de producciones indígenas, que facilite a los concesionarios el cumplimiento de esta obligación, respetando en todo caso los derechos morales y patrimoniales de los autores, así como las disposiciones relativas al patrimonio material e inmaterial de los pueblos indígenas

Los representantes de los pueblos y comunidades indígenas o sus integrantes que se sientan agraviados por la difusión de contenidos contrarios a los principios establecidos en esta Ley, podrán solicitar la suspensión de la difusión del contenido, la réplica y la reparación del daño causado cuando así lo amerite.

VII.          De la participación en el Instituto Federal de Telecomunicaciones IFETEL y el organismo para la radiodifusión sin fines de lucro.

Cuando el Estado adopte medidas legislativas y administrativas en materia de radiodifusión y telecomunicación, deberá garantizar el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado de los pueblos y comunidades indígenas.

Se asegurará la representación de los pueblos y comunidades indígenas con derecho a voz y voto en el Consejo Ciudadano del Organismo para la radiodifusión sin fines de lucro y en el Consejo Consultivo del Instituto Federal de Telecomunicaciones. De la misma manera se buscará la integración plural de dicho organismo asegurando que de preferencia se integren a representantes de los pueblos indígenas entre sus comisionados. Su nombramiento se hará bajo procedimientos de consulta y participación de los pueblos indígenas y sus comunicadores, tomando en cuenta sus órganos de decisión, organización y representación, así como la experiencia y trayectoria en materia de comunicación indígena.

El Instituto establecerá un fondo para impulsar la investigación y el desarrollo de la radiodifusión y telecomunicaciones en zonas rurales e indígenas y promoverá en coordinación con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología la creación de centros de investigación y desarrollo que facilite el acceso de los medios comunitarios e indígenas para la producción y generación de contenidos y tecnologías.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes garantizarán a los pueblos y comunidades indígenas el acceso universal a las tecnologías de información y comunicación, con conectividad de banda ancha, mediante la instalación de puntos de acceso público y social, atendiendo los mecanismos de consulta y participación de éstos pueblos y comunidades.

El Organismo para la Radiodifusión sin fines de lucro aprovechará los beneficios de la multiprogramación y la transición digital para asegurar la creación de al menos un canal de televisión indígena con cobertura nacional operado y administrado por los pueblos y comunidades indígenas, de acuerdo con el artículo 2º apartado B fracción VI de la Constitución.
 
VIII.       De la publicidad y mensajes oficiales

La publicidad y mensajes oficiales que se transmitan en comunidades indígenas o en localidades con ésta población, deberán asegurar su pertinencia cultural y la traducción a la lengua que se hable en la comunidad o localidad. Para lo cual, asegurará las partidas presupuestales necesarias para la difusión, así como para realizar las adaptaciones con el apoyo de productores y comunicadores indígenas.

Los concesionarios sociales indígenas accederán en condiciones de equidad, pertinencia cultural y no discriminación a la publicidad oficial. En todos los casos, se asegurará el respeto a sus derechos culturales, sociales y políticos.


Las entidades federativas tomarán las medidas necesarias para aplicar estos principios en la asignación de publicidad y mensajes oficiales.